lunes, 22 de noviembre de 2010

¿Por qué el cuerpo Químico Farmacéutico se opone a esta medida? (Parte 3: Economia y Mercado Farmaceutico)



Ahora hay que cambiar radicalmente la temática referente a los medicamentos como un bien social y herramienta sanitaria, a una visión más contemporánea, y que es precisamente el tema que esta pasando actualmente con los medicamentos, y tratarlos como nuestro ministro de economía quiere tratar a estos productos de especialidad farmacéutica, como un bien de consumo.

En las secciones anteriores ha quedado más que claro respecto a las implicancias de los medicamentos en la salud pública, cual es el rol del químico farmacéutico, cual es el problema que afecta a la realidad de la farmacia chilena hoy en día. Así también hemos analizado el porqué algunas políticas favorecen este deterioro de la farmacia en materia de salud chilena. Sin embargo, aun no hemos llegado al tema central, el cual es la parte económica que envuelve a todos estos aspectos y ha gatillado pésimas y peores políticas en materias de salud, y que ahora se quiere ver agravada por la venta libre de medicamentos.

Los medicamentos, se insiste, no son un bien de consumo como el pan, la leche, los tomates, los cuales podemos utilizar de diferentes maneras dentro de la vida cotidiana, sin mayores complicaciones. Sin embargo, son un bien sanitario que si puede, y debe ser comercializado. Entonces, a pesar de no ser un producto de consumo, si se atiene a las normas del mercado para poder ser comercializado, y como todos los integrantes del mercado, se atiene a las leyes de oferta y demanda, así como a los conceptos micro y macroeconómicos.
Los análisis de una economía destinados a establecer una política económica, debe considerar los aspectos microeconómicos, los cuales involucran los aspectos propios de la economía de mercado de los productos a los cuales se desea afectar, en nuestro caso, los medicamentos. Así como los aspectos macroeconómicos que permitan hacer sustentable la nueva política a establecer en un determinado mercado, en este caso, uno de los aspectos macroeconómicos que se desea atacar con el proyecto de ley, es el precio y accesibilidad de los medicamentos. Como se puede ver, son temas simples, y que pueden ser analizados con gran simpleza.

Para aquellas personas que no tengan una visión muy profunda o documentada respecto a la economía que se debe tratar aquí, dentro del archivo que contiene el articulo completo de este blog se ha realizado una pequeña introducción con todos los conceptos básicos necesarios para poder entender bien la temática que involucra a este proyecto de ley, de modo que cualquiera que sea el lector que se remita a leer esa introducción, sea capaz no solo de entender que es lo que se está intentando hacer, sino, que además pueda tener una opinión propia respecto a los aspectos economicos que se encierran en esta temática, y cualquier otra. Siempre desde un punto de vista económico.

para descargar el artículo, pueden hacerlo en cualquiera de los siguientes enlaces: 


Al hablar del mercado farmacéutico chileno, claramente nos estamos refiriendo al mercado de los fármacos en chile. Varias veces se ha insistido en que los medicamentos son un bien social, y no un bien de consumo, dado que tienen una aplicación específica dentro de la sociedad, y a diferencia de la mayoría de los bienes de consumo, existen fuertes normativas legales para regular la comercialización de los medicamentos, y es precisamente por lo peligrosos que pueden llegar a ser.

Sin embargo, como se mencionó anteriormente, es importante reconocer que a pesar de que los medicamentos no son un bien de consumo, son productos que son y deben ser comercializados por diferentes factores, pero asimismo es importante que dentro de su comercialización, mantengan una rigurosa fiscalización y regulación, dado el peligro que puede representar el mal uso de estos.

Al ser un bien comercializable, como todo artículo comercializable, debe atenerse a las leyes de mercado. De esta manera, la comercialización de los medicamentos se encuentra sujeta a las normativas comerciales de un país como cualquier otro producto. y en varios aspectos esto es malo, dado que por una parte, al ser visto como un producto comercializable, pierde su calidad como bien social y sanitario, y comienza a ser visto como un producto de consumo, con todas las implicancias negativas que esto involucra.

El proyecto de ley de venta libre de medicamentos, precisamente busca generar una regulación de los precios de los medicamentos, cambiándole la calidad de bien sanitario a bienes de consumo, y de esta manera, introducirlo al mercado regulándolo con las leyes de la oferta y demanda. Sin embargo, esta decisión no bien conmensurada, puede generar mayores complicaciones en un mediano o largo plazo, de los beneficios que estos pudieran conllevar.

Básicamente, la apuesta del proyecto de ley, es controlar los precios de los medicamentos a través de las leyes de la oferta y demanda, generando una mayor competencia. Esto como se analizo en el artículo de introducción económica, genera un desplazamiento de la curva de la oferta hacia arriba. Como la curva de demanda de los medicamentos permanece prácticamente invariable, el punto de equilibrio de la oferta y demanda, se desplaza hacia la izquierda, claramente reduciendo en un corto plazo los precios de los medicamentos. Sin embargo, existen varios problemas de por medio, que deben ser considerados antes de realizar una política económica en relación a los medicamentos: 

Primero, los medicamentos son un bien muy insensible, asimismo la elasticidad de los medicamentos en el mercado es muy negativa, por lo que son productos muy inelásticos. Sin importar el precio de los medicamentos, la demanda de estos va a variar muy poco.

Segundo, los medicamentos son productos perecibles. Por lo tanto, el mantenerlos en bodega para su comercialización puede significar la caducidad de una cantidad importante de medicamentos, y sin la adecuada supervisión y control de calidad de los medicamentos, estos podrían expenderse a público en estado caduco, así como ocurre diariamente con una cantidad importantes de productos que se encuentran en los estantes de los supermercados, almacenes y bazares.

Tercero, las farmacias en chile son vendedores secundarios y terciarios, esto quiere decir que los laboratorios no venden necesariamente los medicamentos directamente a las farmacias. Esto implica un problema que al parecer no ha sido analizado por el ministro Fontaine, en donde, en una primera etapa, va a existir una demanda muy grande de medicamentos por parte de los supermercados a los distribuidores de medicamentos, estos a su vez, van a aumentar su demanda de medicamentos a los laboratorios, aun considerando que los supermercados adquieran de manera directa los medicamentos a los laboratorios, claramente va a haber un aumento en la oferta de medicamentos, sin embargo, la demanda de los medicamentos va a variar de manera muy mínima. Esto va a traer como consecuencia, que muchos de los medicamentos tengan una permanencia muy grande tanto en anaqueles como en bodegas, por lo que el costo de mantención de los medicamentos va a repercutir en su precio en un corto y mediano plazo (de 2 a cuatro años) esto, desplaza la curva de oferta hacia abajo nuevamente, y si a esto le agregamos los costes que la reposición de productos caducados significa, la curva de demanda se va a ver desplazada más allá de la curva original, por lo que los precios van a tender a subir nuevamente, y esta vez, van a tener un costo superior al que tenían antes de aplicar la medida. Y esto se ve reforzado con una demanda inelástica, que después del primer paso de la primera distribución de medicamentos que se realice una vez aprobado el proyecto de ley, la producción de medicamentos por parte de los laboratorios va a retomar su nivel cotidiano de producción, dado que las ventas de los medicamentos no ha aumentado de manera consistente como para mantener un ritmo acelerado de producción.

Cuarto, si bien un tema clave dentro del marco teórico de la regulación de los precios de los medicamentos es la competencia, claramente, se ha demostrado que el estado no ha cumplido bien su rol como un regulador de mercado en esta área. Las colusiones anteriores por parte de las farmacias han demostrado que la falta de regulación y participación del estado en este mercado, le da paso libre a los intereses personales de inescrupulosos que juegan con las necesidades de las personas. Si se da acceso a nuevos actores a la venta de los medicamentos, como los supermercados, almacenes y bazares, entre otros, las cadenas de farmacias, que en estos momentos se acaparan del 92% del mercado de farmacias privadas, van a tener que tomar medidas para poder compensar las pérdidas producidas por la disminución de la demanda de sus productos, lo cual se produce por el aumento de actores involucrados y el consecuente aumento de oferta de medicamentos. Una de las medidas que perfectamente podrían adoptar, es la de realizar un alza en los precios de los medicamentos que no se encuentren afectos a la nueva normativa de comercialización de medicamentos. Si bien el ministro Fontaine ha declarado que eso no debiera ocurrir, y si ocurriese eso sería un sinónimo de colusión entre las farmacias, la falta de regulación en el pasado permitió que las farmacias se coludieran, claramente en un futuro no muy lejano y a posterior de la aprobación del proyecto de ley, perfectamente las grandes cadenas de farmacias podrían realizar un alza en los precios gradualmente para que pase desapercibido, y en un tiempo determinado, el alza en los productos no afectos a la nueva normativa podrían perfectamente compensar las pérdidas que la nueva ley les produjera.

Todo el argumento planteado se encuentra basado en el mismo planteamiento teórico utilizado por el ministro fontaine, en donde la generación de competencia introduciendo nuevos actores al mercado de medicamentos de venta directa, y modificar la condición de venta de estos medicamentos a venta libre, induciría una baja de los precios de los medicamentos. Lo cual de acuerdo con lo expuesto y argumentado aquí mismo, no estaría tan incorrecto. Sin embargo, el error más grande que tendría una política de este tipo, seria la no consideración de las implicancias que la aplicación de un proyecto de este tipo pudiera tener en un corto, mediano y largo plazo.

Al igual que en los gobiernos anteriores, el error común es apostar a políticas de corto y muy corto plazo. En este caso, los más perjudicados serian todos los chilenos.


miércoles, 17 de noviembre de 2010

¿Por qué el cuerpo Químico Farmacéutico se opone a esta medida? (Parte 2: Seguridad de medicamentos)


Otro de los temas que se aborda en el proyecto de ley, respecta al tema de la seguridad de medicamentos en chile. Se dice que los medicamentos de venta directa debe cumplir con ciertos requisitos los cuales se enumeran de la letra a) a la letra f), y estos requisitos serán enunciados de manera textual a como fue citado en el proyecto de ley de venta libre de medicamentos:
se exige que los mencionados medicamentos cumplan con los siguientes criterios de seguridad y eficacia, los que están contenidos en la resolución exenta N° 1.133, de 2001, modificada por la resolución exenta N° 779, de 2005, ambas del Ministerio de Salud:
a)       Su eficacia debe haber sido comprobada en el registro sanitario.
b)       No deben presentar riesgos de uso indebido, abuso, adicción o tolerancia.
c)        Los efectos secundarios que eventualmente puedan presentar, no deben ser severos, siendo reversibles al suspender la administración del medicamento.
d)       Presentar amplio margen terapéutico y características  cinéticas y dinámicas que eviten la acumulación en el organismo.
e)       Contener principios activos solos o asociados en concentraciones e indicaciones específicas. Al efecto, cada uno de ellos, por separado, debe cumplir con los criterios aprobados por la autoridad.
f)        Experiencia de uso de a lo menos 5 años consecutivos en Chile como medicamento de venta con receta médica y experiencia de uso como medicamento de venta libre en Estados Unidos de América o la Comunidad Europea de a lo menos 5 años consecutivos previos o posteriores a su registro sanitario en Chile; o experiencia de uso de a lo menos 10 años consecutivos en Chile con receta médica, si la experiencia de uso como medicamento de venta libre en Estados Unidos de América o países de la Comunidad Europea, previa o posterior a su registro sanitario en Chile, es inferior a 5 años”.
Respecto al punto a), de que la eficacia de un medicamento debe haber sido comprobada en el registro sanitario, es un tema que se debe debatir, dado que se supone que según el código sanitario, en artículo 101 párrafo a, es deber de cada laboratorio demostrar la eficacia  y calidad de los productos farmacéuticos que comercialicen. Y en el mismo artículo en el punto c) se indica que los controles deberán estar sometidos a especificaciones técnicas establecida, y si no hubiesen, las especificaciones técnicas que se deberán aplicar, son las que apruebe el ministerio de salud en base a la proposición del ISP basados en información obtenida a partir de estudios “en el extranjero”. Estos detalles no serian ningún problema, si no fuera porque los laboratorios farmacéuticos en chile, en su mayoría corresponden a laboratorios de carácter internacional, en donde los estudios de calidad y eficacia son precisamente realizados en el extranjero, lo que se hace principalmente es validar dicho estudio acá en chile a través del clásico “papeleo” que demuestre que cumple con la norma establecida acá en chile.
Los laboratorios que producen medicamentos en chile, por lo general al realizar estudios de calidad, están asegurando que el medicamento no venga contaminado con otros fármacos o químicos utilizados en el proceso de elaboración de dichos fármacos. Así como ver que la concentración del fármaco en el medicamento sea razonablemente similar a la que se ofrece en el producto.
Sin embargo, una normativa general de medición de calidad corresponde a la “Bioequivalencia”, en donde se demuestra que un medicamento en particular, presenta un comportamiento similar, superior o inferior, en relación al medicamento innovador. El medicamento innovador es el primer medicamento que salió al mercado con un principio activo novedoso, que no se produce en otro lado más que en ese laboratorio. La gracia que tiene el medicamento innovador, es que como es el primero de su especie, para poder salir al mercado, debió haber pasado por una cantidad muy importante de estudios que demuestren su seguridad terapéutica en donde se va a aplicar, sus efectos secundarios, su aplicabilidad terapéutica, sus niveles tóxicos, que es lo que ocurre a niveles tóxicos (en un plano general), etc. Entonces, cuando un laboratorio genera una copia de este fármaco, tiene que basar sus estudios en base a este fármaco innovador. Demostrando que posee igual o similares características de seguridad, características terapéuticas, etc. Y esto se realiza a través de estudios farmacocinéticos que se conocen como estudios de “Bioequivalencia”. Estos estudios no tan solo establecen la calidad del medicamento en relación con el innovador cuya calidad ya se encuentra avalada, sino, que también permite que en la farmacia, cuando el paciente va a comprar su medicamento con su receta médica, pueda hacer un cambio de un medicamento por otro sin mayores problemas, dado que existen estudios que avalan la calidad, eficacia e intercambiabilidad de estos medicamentos entre sí.
En chile, los estudios de Bioequivalencia son considerados INEXISTENTES, y no es porque no hayan estudios de Bioequivalencia en chile, sino, que hasta el año pasado, específicamente el 17 de agosto del 2009, NO EXISTIAN LABORATORIOS QUE REALIZARAN ESTA CLASE DE ESTUDIOS EN CHILE. En esa fecha, fue cuando se dio la autorización al primer (y hasta la fecha el único) laboratorio autorizado y reconocido por el ISP, para realizar estudios VALIDOS de Biodisponibilidad. Esta laboratorio corresponde al IFT (Laboratorio de Investigaciones Farmacológicas y Toxicológicas Universidad de Chile), el cual se encuentra dirigido por el excelentísimo Dr. QF Iván Saavedra. Siendo que en chile es LEY, que todos los medicamentos tengan estudios de Bioequivalencia, tan solo existe un laboratorio que se encuentra realizando estos estudios. No tan solo eso, sino, que hasta la fecha de este artículo tan solo existen estudios de equivalencia terapéutica para 12 medicamentos, los cuales tan solo corresponden a la equivalencia terapéutica de 8 fármacos o principios activos. Entonces claramente en chile, no se puede hablar de “eficacia y calidad de medicamentos” aún, dado que NO EXISTEN ESTUDIOS SUFICIENTES que demuestren la calidad y eficacia de los medicamentos en chile.
En el punto b), se habla de que el medicamento básicamente no debe ser adictivo, y en eso estamos de acuerdo hasta cierto punto. Dado que existen medicamentos de venta directa que en su composición contienen codeína, la cual es un precursor de la morfina (o sea que el organismo transforma la codeína en morfina a través de su metabolismo), y si presenta claros índices de adicción. La codeína es utilizada ampliamente en jarabes para la tos, y medicamentos de uso para problemas típicos de las enfermedades de invierno. Ya estamos frente a un ejemplo de medicamento que no debe ser vendido bajo ninguna circunstancia como venta libre, dado que además contradice el punto b) del mismo proyecto de ley.
En el punto c), tendremos que regresar al ejemplo del paracetamol, dado que su consumo en exceso causa insuficiencia hepática crónica, lo cual puede llevar a la muerte a una persona en cuestión de horas. Todos los farmacos de clasificación AINE, además pueden provocar trastornos gastrointestinales como una ulcera gástrica, por ejemplo. Y dado que estos no son datos que la gente maneje normalmente, el abuso hacia estas drogas es inminente. De hecho, yo personalmente he tenido que ver casos en el cual las personas consumen esta clase de medicamentos como si fueran dulces, y suelen asimilar sus molestias a nivel abdominal a problemas del “colon irritable”, y para aliviarlo CONSUMEN MÁS ANALGÉSICOS!!!. Y ya es muy común ver a personas que terminan en el hospital con ulceras intestinales causadas por el abuso de medicamentos de esta especie. Y ojo que estamos hablando solamente de los AINE y el paracetamol, aun faltan muchos medicamentos que se encuentran en la dichosa lista de medicamentos de venta directa.
En el punto d), claramente el concepto de “amplio margen terapéutico” se encuentra mal empleado en este caso. Así también hablar de las características cinéticas y dinámicas también es un error, dado que esos son puntos que se desarrollan a través de los estudios de calidad y eficacia, y llegamos de nuevo a los estudios de Bioequivalencia, donde se realizan todas estas comparaciones, y que como se mencionó anteriormente, EN CHILE NO EXISTEN ESTUDIOS QUE DEMUESTREN ESTAS PROPIEDADES EN LOS MEDICAMENTOS. Por ahora, todos los datos que se están utilizando para poder adoptar medidas de algún tipo respecto a los medicamentos son pruebas realizadas en el extranjero, particularmente en estados unidos, donde la FDA se encuentra constantemente realizando reportes y adoptando medidas en base a su realidad. Acá en chile, el solo hecho de haber retirado la sibutramina del mercado, sin haber realizado estudios que avalaran que la realidad de estados unidos también procede acá en chile es un gravísimo error, dado que nuestra idiosincrasia es diferente, así como nuestra reacción a diferentes fármacos en comparación con los norteamericanos, además allá mismo, deben estar realizando las separaciones de los estudios entre gente de raza negra, blancos y mestizos, dados que entre estas tres variaciones de razas de seres humanos, los comportamientos son completamente diferentes.
En el punto e), no hay mucho que decir, dado que se refiere a aquellos medicamentos que contienen más de un fármaco o principio activo, los cuales se asocian para lograr un efecto terapéutico más efectivo y eficiente. Pero tocando los puntos tratados anteriormente, esto se realiza en base a datos manejados que no han sido estudiados en chile, o si lo han hecho, no han sido validados, y al fundamento sigue permaneciendo en base a estudios extranjeros.
El punto f), se estableció en la legislación sanitaria, debido a la presencia de muchos fármacos nuevos que están saliendo al mercado. En donde muchos de los efectos secundarios e interacciones no se conocen, entonces se establece un periodo de tiempo, en el cual se ha probado el medicamento estableciendo estas características, en donde se busca principalmente establecer la seguridad que la droga en si puede ofrecer como alternativa terapéutica. Por lo tanto es una medida valida de garantizar seguridad, y es un parámetro a considerar dentro de los estudios de seguridad, calidad y eficacia.
Además de esta temática planteada hasta aquí, existen medidas que se aplican internacionalmente, y se utilizan precisamente para ver cuál es el comportamiento de los fármacos en la sociedad, así como poder encontrar cuales son los problemas que estos podrían presentar analizando una muestra mucho más grande de gente, ver si poseen propiedades que no se les había encontrado anteriormente, como adicción, teratogenia, etc. Esta disciplina se conoce como farmacovigilancia, y a pesar de que el ISP posee un departamento de farmacovigilancia, en cuanto a medidas relacionadas con la farmacovigilancia, seria hablar muy bien de este departamento y de las normativas de salud en general, si nos refiriéramos a una farmacovigilancia chilena que se encuentra en PAÑALES. De hecho la farmacovigilancia en chile es completamente NULA, no existen normativas respecto a la farmacovigilancia que permitan adoptar medidas a tiempo, en caso de problemas relacionados con fármacos. Con respecto a las medidas relacionadas a alimentos, si bien se ha avanzado mucho en los últimos años, aun queda mucho que hacer, pero en tema de fármacos, su actividad es casi nula y ausente, sin mencionar la nula fiscalización realizada a las farmacias, la cual solamente se realiza si existen VARIOS RECLAMOS al respecto de las farmacias.
En la facultad de ciencias químicas y farmacéuticas de la universidad de chile, existe un grupo de jóvenes que se encuentra investigando respecto a los modelos de farmacovigilancia y seguimiento terapéutico actuales en chile, y están formulando un sistema que involucra a estas dos funciones elementales y fundamentales que revisten una gran importancia en la salud pública, las cuales pueden ser propuestas y aplicadas de manera efectiva, entregando datos que se aproximan por mucho a la exactitud, entregando mayor información a los médicos, estandarizando el sistema de comunicación de médicos y farmacéuticos, así como los de los diferentes centros médicos, hospitales y salas de urgencia. Es un proyecto muy prometedor, y no cabe duda que ya sea a través de estos jóvenes visionarios o por necesidades sociales, finalmente se terminara aplicando un sistema que se aproxime o sea igual al que estos jóvenes están desarrollando. De esta manera se demuestra, que no todo son criticas, sino, que existe mucho aporte de diferentes orígenes. Sin embargo, si no son escuchados y considerados, no sirve de mucho aportar, dado que estariamos claramente en una dictadura (y lo estamos).

sábado, 13 de noviembre de 2010

¿Por qué el cuerpo Químico Farmacéutico se opone a esta medida? (Parte 1: automedicación)


Pues bien, en base a todo lo analizado hasta aquí, solo resta comentar cuales son los problemas que tiene este proyecto de ley, que de hecho, con una sencilla lectura del proyecto de ley o del tópico anterior, se puede ver que el proyecto en si presenta una cantidad grande de conflictos en relación a los beneficios que plantea. Así como los objetivos que plantea, claramente no han sido bien analizados considerando otros puntos que se debieron haber tomado en consideración antes de llegar a la conclusión de proponer un proyecto de esta naturaleza, y que otorgan la razón a la postura del gremio de químicos farmacéuticos. Los fundamentos que confirman la incorrecta afirmación en la que se basa el proyecto de ley propuesto, se irá analizando de manera detenida, aplicando un fundamento teórico en cada postulado, explicando de la manera más simple y accesible posible, a modo que cualquier lector que no tenga conocimientos en la materia, así también, no tenga ninguna relación con alguna área relacionada al tema, pueda entender claramente y con la profundidad que amerita, así también pueda realizar sus propias conjeturas y sacar sus propias conclusiones del tema.
Actualmente, el tema principal que defiende el grupo de QF, y que utilizan como un argumento fuerte en oposición a esta medida económica, es la automedicación. En el documento presentado como proyecto de ley, se menciona en varios puntos la “Automedicación Responsable”, así como en otros puntos se menciona una “Medicación Irresponsable” o “Automedicación Irresponsable”. Pero ¿Qué son estos conceptos?, ¿En chile se práctica la Automedicación Responsable?, ¿Es tan critico el tema de la Automedicación Irresponsable, que es utilizado como caballito de batalla por los QF para argumentar su oposición? Analizaremos estos puntos enseguida, aclarando antes muy bien que es la automedicación, y por qué se hace la diferencia entre automedicación responsable e irresponsable.

Automedicación
La automedicación se debe entender como un acto voluntario realizado en base a una decisión, en el cual una persona, por diferentes motivos, “decide” ingerir un fármaco o medicamento, con el fin de obtener algún efecto o beneficio provocado por esta sustancia.

Es importante mantener siempre en mente, que los medicamentos son sustancias químicas, y como cualquier sustancia química, puede ser nociva si no se le trata bajo las condiciones adecuadas. Y esto es lo que hace importante el tema de la automedicación, dado que si una persona hace abuso o un uso indebido de la droga en cuestión, puede autoinfringirse un daño del cual no es consciente. Este daño puede ser un daño menor o mayor, dependiendo del abuso que esta persona haya realizado de la sustancia en cuestión.

Un alcohólico o un drogadicto, son claros ejemplos de individuos que tomaron la decisión de ingerir una sustancia, basados en el efecto que la ingesta de esta sustancia les produce, sin considerar las consecuencias que conllevan los actos realizados bajo los efectos de estas sustancias. Por lo tanto claramente es un ejemplo de una decisión tomada de manera irresponsable, y sin considerar las consecuencias que esta decisión podrían acarrear. 

Hoy por hoy, cuando un individuo sufre de dolor de cabeza, sabe muy bien que existen sustancias que pueden ayudarlo a aliviar dicha molestia, y como conoce que sustancias son las que le pueden proveer de dicho beneficio, el acude directamente y las ingiere con el fin de aliviar su molestia. Sin embargo, también existe una muy mala relación por parte de la mayoría de la población respecto de muchas drogas y sus efectos o usos terapéuticos. Por ejemplo, muchas personas asumen que cuando tienen congestión nasal y fiebre, lo mejor que pueden ingerir es un antibiótico, dado que asumen que el mal que los aqueja es provocado por microbios que pueden ser atacados por estos antibióticos, cuando en realidad lo que tienen es una gripe, y lo más adecuado que podrían hacer es descansar, y consumir mucho liquido, y de preferencia visitar a algún médico. Los médicos que vean un caso así, por lo general lo que van a recetar es algún antiinflamatorio-analgésico para la fiebre y las dolores, y dependiendo del caso, lo van a acompañar con algún antihistamínico para aliviar las molestias nasales que la gripe conlleva.

Lo que se ha ejemplificado recién, es un caso típico, y que ocurre a diario, con una mayor incidencia en invierno, que es cuando existe una mayor incidencia de este tipo de enfermedades. En ese caso en particular, la decisión por parte del paciente de ingerir un antibiótico para poder lograr obtener un efecto terapéutico, podría fácilmente agravar el problema de gripe que la aqueja, dado que no se está realizando un uso adecuado del antibiótico. El común de la gente asume que porque un fármaco o medicamento cae en la clasificación de “Antibiótico” sirve para poder tratar cualquier problema que involucre a microorganismos atacando al cuerpo, cuando la verdad, es que cada medicamento o fármaco en particular tiene lo que se conoce como “rango de acción” o “rango terapéutico”, el cual se refiere precisamente a los casos en los cuales ese fármaco o principio activo en cuestión, puede ser utilizado como una alternativa eficaz para un uso terapéutico.
Cuando una persona, utiliza un fármaco, o medicamento buscando un efecto o una acción terapéutica, desconociendo lo que se menciona anteriormente respecto al medicamento que está consumiendo, estamos hablando de una automedicación irresponsable. En la cual una persona esta “irresponsablemente” haciendo uso de un medicamento del cual no conoce o conoce parcialmente su efecto, o toma su “decisión” de manera errada y desinformada respecto al uso terapéutico que posee dicho medicamento en cuestión. Y eso es algo que no sale de lo común, y siendo honestos, es mucho más común de lo que nuestros políticos puedan llegar a tener información. Un dependiente de farmacia o QF ejerciendo en una farmacia, puede dar fe de la cantidad de anécdotas que han pasado por su mesón. Pacientes que han hecho uso de corticoides como el Betametazona para tratar hongos de los pies, así mismo pacientes que han utilizado el Betametazona como “protector solar”, y que después de un tiempo de uso, las quemaduras que se les ha producido a causa de este uso son del tipo irreversibles, y en algunos casos, induciendo el cáncer a la piel. Gente que toma cantidades excesivas de analgésicos para tratar cefaleas (dolores de cabeza), por que la cantidad que ingirió inicialmente, no logro aliviarle su dolor de cabeza. Uso de antibióticos como la amoxicilina para tratar dolores estomacales, o síntomas de gripe, son solo algunos ejemplos del mal uso que la gente realiza, cuando “decide” automedicarse, y se automedica de manera desinformada e irresponsable.
¿Cuándo se practica la “automedicación responsable” entonces?, la decisión de una persona de automedicarse, es responsable, cuando esta persona se ha encargado de averiguar lo suficiente que le permita conocer y saber, no tan solo su uso terapéutico y aplicación, sino, que también debe tener el criterio y consciencia de informarse además, de su uso correcto, y que hacer en caso de que la aplicación de dicho medicamento no surta del efecto deseado. Además, de ponerse al corriente de cuáles son los efectos secundarios que la aplicación de ese medicamento en particular puede causarle, así como las molestias que este mismo puede causar. Sin embargo, también es importante que el paciente tome conciencia de que el medicamento que va a emplear para aliviar un síntoma, puede enmascarar otro problema, así mismo, debe tener claro, que el medicamento que ingiera puede tener alguna interacción de algún tipo, con otro medicamento que pudiere estar consumiendo en ese mismo momento.
En síntesis, una automedicación responsable, va a ser considerada como tal, cuando el paciente tome plena conciencia del acto que está ejecutando y lo realice de manera informada. Hoy en día es mucho más fácil poder acceder a información respecto a diferentes temas, y situaciones, asimismo es más fácil poder conseguir información respecto a los medicamentos y su uso, así como las interacciones que podría tener si lo utilizo en conjunto a otro medicamento. Como se puede ver, no necesariamente es una tarea sencilla la práctica de la automedicación responsable, dado que exige de un esfuerzo por parte del paciente de informarse, y ese es un esfuerzo que por lo general los pacientes no realizan, ni siquiera cuando el médico da una receta, ya que asumen que si el médico lo da, esta correcto. Pero (con todo el respeto y consideración que se le debe a los médicos), los médicos también son seres humanos, y tienen derecho a cometer errores, y también es común que los médicos receten medicamentos para un tratamiento, y que resulte que alguno de los medicamentos que recetan no corresponden a la enfermedad del paciente. Esto se debe a que los médicos realizan largas jornadas, tratando un número importante de pacientes, con problemas diferentes, y caracteres diferentes (algunos se deben tolerar con mucha paciencia), y que sumados a diferentes factores, podemos ver que los médicos muchas veces pueden confundirse con un caso que vieron anteriormente, así como el cansancio que llevan encima no los deja pensar con claridad muchas veces generando estos errores básicos.
Si ponemos esta temática en una canasta, y analizamos que el proyecto de ley está considerando que la población va a realizar una “automedicación responsable”, claramente vemos que eso no es así. Además, el proyecto de ley tiene considerado que las cajas de los medicamentos se encuentren selladas, y con toda la información referente al medicamento impresa en su envase. Si analizamos las consideraciones que se mencionaron anteriormente, que permiten a una persona poder tomar una decisión adecuada en lo que respecta a una automedicación, nos daremos cuenta que la entrega de una información “clara” que permita a una persona tomar dicha decisión no cabe en la caja de un medicamento, de hecho la supera y por mucho, y aunque se lograra sintetizar todos los puntos necesarios para una buena autodispensación, también se debe considerar la falta de interés por parte de la población en general a informarse al respecto, aunque existe un pequeño número de personas que tienden a informarse por todos los medios posibles, lamentablemente estos son los menos.
Al referirse que la automedicación es una tendencia a nivel mundial, si es cierto, la automedicación claramente es un suceso que aumenta diariamente alrededor del mundo, lamentablemente este aumento no es en relación a una automedicación responsable como tal, además que esa acotación no considera ni se ajusta a la realidad chilena. En chile, la mayoría de las personas que se automedican, no lo hacen en función a sus convicciones propias, o información adquirida de fuentes confiables, sino, que lo hacen generalmente siguiendo el consejo de “otra persona” a la cual de manera personal o por experiencia ajena supo que un médico le recomendó una medicación en particular para un problema de similares características a las que padece. Eso bajo ningún termino puede ser considerado responsable, dado la falta de información existente de por medio. De manera cotidiana, las personas no están acostumbradas a leer el contenido de los envases de los productos que consumen. Respecto a los medicamentos no es diferente. En pacientes diagnosticados con diabetes del tipo 2, y tratados con Metformina como antidiabético, ninguno tiene idea que de lo que están consumiendo, por lo general cuando hablan del medicamento se refieren a el por el “nombre de marca” y no a su principio activo, como Glafornil, Diabetyl, Diaglitab, Glidanil, Oxemet, etc., así mismo, no tienen idea de para qué sirve específicamente el medicamento que están consumiendo, tan solo saben que los ayuda con su problema, pero no que es lo que hace, o que problemas les podría producir como efecto secundario, que medicamentos no debería consumir mientras estén en terapia con este fármaco, etc.
El tema de la automedicación, debe ser tratado claramente con educación, y esa no es una tarea sencilla. Y si no se está dispuesto a asumir esa responsabilidad, entonces la decisión más sabia seria no abordar el tema. Ya en el punto de la automedicación, el proyecto de ley tiene un conflicto muy grande que solucionar, y que no es el único punto que se debe abordar en materias de medicamentos, y que claramente no ha considerado ni le compete al ministro de economía.


jueves, 11 de noviembre de 2010

Proyecto de ley de venta libre de medicamentos


Pues bien, después de un amplio preámbulo referente a la función del químico farmacéutico en la sociedad, su función en la farmacia comunitaria, y los medicamentos su función, daño que podrían causar, y el respeto que se le debe tener a dichas sustancias químicas. Ha llegado la hora de hablar del tema de actualidad que se refiere precisamente al proyecto de ley que ha presentado el ministerio de economía al parlamento, explicando paso a paso lo que este proyecto de ley pretende. El proyecto de ley propiamente tal como fue presentado en el parlamento lo pueden descargar desde aca:

El formato en el que se encuentra el documento en la cámara de diputados es “.aspx”, este archivo debe abrirse con el “Microsoft Word” para poder ser visualizado.

También pueden descargar el archivo en formato PDF desde los siguientes enlaces:

También he subido el documento en formato “.docx” para Word 2007 o superior, y se pueden descargar de los siguientes enlaces:
Para aquellos que tengan una versión de office anterior a la 2007, también el archivo se puede encontrar en formato “.doc”, y se puede descargar de los siguientes enlaces.
Para aquellos que descargaron y leyeron el documento en cuestión, pueden ver que este documento se divide en 3 partes, las cuales corresponden a: 1) Antecedentes y Fundamentos, 2) Ideas Matrices del Proyecto, y 3) Contenido del Proyecto. A estos puntos podemos agregarle fácilmente la penúltima página, en la cual se expresa el proyecto de ley propiamente tal, en el cual se plantean 6 artículos, que son los que pretenden que sean los futuros artículos que den vida a este proyecto de ley como una ley propiamente tal.
Como este post no es un thread que pretenda realizar una crítica del proyecto de ley, iremos planteando uno a uno los puntos de este proyecto de ley, y cuál es el objetivo que cada punto plantea, en resumen, realizaremos un análisis objetivo de este proyecto de ley. Las críticas respectivas a este proyecto de ley se verán en el tópico 5: ¿Por qué el cuerpo químico farmacéutico se opone a esta medida?.

Este punto se encuentra subdividido en 3 partes donde se intenta desglosar un poco la realidad que existe hoy en día respecto a la comercialización de los medicamentos en chile, y la importancia económica que este producto representa para la población.
En este punto se intenta dar a entender que el decil más pobre de la población (o sea 10% de la población más pobre de chile), realiza un gasto de aproximadamente $3730 pesos mensuales en medicamentos, lo cual correspondería a un 1.6% de su ingreso mensual solamente destinado al gasto en medicamentos. Sacando la cuenta bien de este hecho, en el cálculo de este punto se está considerando como media de sueldo base para este decil un monto de $233125 pesos, (Siendo honestos, en gran parte del país, los sueldos son por mucho inferiores a esta suma). Pero aun así, considerando que este porcentaje corresponde a una cantidad no despreciable del recurso mensual de las familias, esto indica de manera clara la necesidad de una intervención para poder regular la economía que de una u otra manera limita el acceso a estos productos.
Debido a su naturaleza, riesgo, y uso del tipo sanitario, la comercialización de estos productos se encuentran reguladas por normativas impuestas por el ministerio de salud en el código sanitario, y fiscalizadas por el instituto de salud pública (ISP). En donde se limita la venta de estos productos a establecimientos determinados como son las farmacias, y los almacenes farmacéuticos. Donde, (según este proyecto), se ha limitado la competencia de mercado de estos productos, generando las alzas de precios que todos podemos apreciar hoy en día. Las cuales se pueden eliminar muy fácilmente si se añaden más actores (o sea, personajes que participen en esta comercialización) para que de esta manera aumente la competencia, y que por consecuencia, esta competencia genere una disminución de precios en los productos farmacéuticos que se plantean.
Debido a su grado de seguridad, la cual es establecida por el ISP en chile, los medicamentos son comercializados con receta médica o como venta directa, en donde estos últimos no requieren de una receta médica para poder ser adquiridos por un usuario. Así mismo, los medicamentos en chile se clasifican en tres tipos, medicamentos de marca, similares o genéricos, los cuales presentan en el mercado una variación importante de precios aunque se trate de una misma droga.
Este hecho presenta una particular relevancia, dado que la venta de los medicamentos en las farmacias se realiza básicamente con la intervención de un dependiente, el cual , motivado por las comisiones que se le pueda pagar por vender un producto de marca y no otro le pueda significar. Esta intervención no necesariamente va a ir a favor de la necesidad del cliente, sino, que va a ser establecida principalmente por la conveniencia económica que le implique al vendedor.
Ahora bien, según la ley, se establece que debe haber un listado de precios accesible al consumidor, para que este pueda determinar bajo su propio criterio que producto le conviene comprar. Sin embargo, esta normativa no ha sido lo suficientemente eficaz en el caso de las farmacias, dado que son los mismos dependientes quienes niegan el stock de un producto determinado, pero a cambio ofrecen otro producto que le permite al dependiente obtener un mayor beneficio económico en la venta. Por lo que sería muy conveniente para el consumidor, el poder acceder bajo sus propios medios a los medicamentos en cuestión, y poder verificar bajo su propio criterio cual es el producto que más le conviene comprar, tanto de la perspectiva económica como de calidad.
Como se mencionó anteriormente, las leyes actuales y normativas vigentes, establecen que la venta de medicamentos se realizara únicamente en farmacias, así también, bajo condiciones determinadas, los medicamentos también podrán ser expendidos en locales denominados almacenes farmacéuticos, en donde existe una gama limitada de productos medicamentosos que pueden ser comercializados por estos últimos.
Las condiciones que un medicamento debe cumplir para que pueda ser expendido como “venta directa”, es determinada por el ISP, en donde se evalúan criterios de seguridad, tratamiento, uso, grado de intoxicación, reversibilidad en caso de una intoxicación, un margen terapéutico determinado, y que su uso pueda ser determinado por el propio paciente para tratar problemas sencillos “que no requieran intervención de un médico”.
Lo más destacable de los medicamentos de “venta directa”, es que nacen como una medida en el mundo en la cual los medicamentos no representan un riesgo importante,  según sus efectos farmacológicos, los cuales delimitarían de una u otra manera su rango de seguridad y eficacia. También se menciona a la “automedicación responsable”, pero la alusión de esta es completamente errada según el documento de proyecto de ley. Pero ese es un tema que se verá a continuación en el próximo tópico (en este tema tan solo analizaremos los puntos que contempla este proyecto de ley, y que temas  desean atacar con esta propuesta).

Bueno, al leer el documento del proyecto de ley, queda sobreentendido a que quieren llegar, dado que son cuatro puntos bien determinantes, por lo que solo resta señalarlos textualmente:
El proyecto en comento tiene como objetivos esenciales los siguientes:
a) Permitir el acceso directo del consumidor a los productos farmacéuticos con condición de venta directa, sin que intervengan dependientes que pueden distorsionar su decisión. Lo cual se planea lograr colocando los medicamentos en cuestión en los estantes y góndolas de los supermercados, básicamente lo mismo que fue planteado el 2008 cuando se planteaba la idea de los almacenes farmacéuticos, y la venta libre de medicamentos en góndolas, o sea, que este punto no tiene mucho de innovador, es más bien una copia del proyecto anterior.
b) Aumentar la competencia y permitir reducir eventualmente los precios de los medicamentos de venta directa, al autorizar el expendio en establecimientos comerciales que cumplan con las características que la ley dispone. Esta idea se pretende lograr, permitiendo que bazares, almacenes y supermercados tengan la posibilidad de poder comercializar estos productos, así como lo hacen con cualquier otro producto de consumo. Esto claramente involucra a más actores dentro de este mercado, y generaría la competencia que ellos quieren lograr.
c) Facilitar el acceso a una mayor cantidad de puntos de ventas de los productos farmacéuticos en cuestión. Lo cual se pretende lograr de la misma manera que en el punto b), por lo tanto este punto en particular puede ser considerado una redundancia de redacción.
O sea, hasta aquí, no se está planteando nada que no se haya postulado anteriormente con algún otro proyecto de ley, como en el 2008 con el “Proyecto de Venta libre de Medicamentos en Góndolas”, el cual fue presentado a modo de urgencia después del tema de la colusión farmacéutica.

Haciendo un resumen bastante conciso, en esta parte se plantea que para poder vender medicamentos se debe cumplir con las normas establecidas por la autoridad sanitaria pertinente, ser sometidos a fiscalización por parte de la autoridad sanitaria pertinente, y que los medicamentos para poder ser vendidos deben permanecer sellados y deben encontrarse adecuadamente rotulados para su expendio, así como contar con un lugar adecuado que garantice su mantención, lo cual se encuentra claramente normado. Ante todo esto, para poder proceder con dicha venta en el establecimiento que lo solicitare, debe contar primeramente con la autorización del servicio sanitario o la autoridad pertinente para esos efectos.
 El proyecto de ley en si, se encuentra determinado por 6 artículos que establecen en cada uno de ellos los objetivos que se desean lograr.
Primero: Cambiar la condición de venta de todos aquellos medicamentos que posean la condición de “venta directa” a “venta libre”. De esta manera, el medicamento pasa a ser considerado un bien de consumo propiamente tal.
Segundo: El local o establecimiento que decida vender estos medicamentos, debe tener un lugar especialmente habilitado para ello.
Tercero: el envase de los medicamentos de “venta libre” deben estar sellados, y deberán contener en su envase toda la información que permita al “cliente” tomar la decisión pertinente para su elección. Ya en este punto tenemos problemas de varios tipos, pero esos los veremos en el próximo tópico.
Cuarto: El local o establecimiento que expenda medicamentos debe hacerlo con la autorización de la SEREMI de salud pertinente, la cual además tendrá la obligación de fiscalizar a ese recinto lo cual queda estipulado en el código sanitario.
Quinto: Cualquier ley, código, artículo de ley, artículo de decreto con fuerza de ley, artículo de decreto supremo, o reglamento que estableciera alguna normativa que impida que los establecimientos no-farmacéuticos puedan vender medicamentos de “venta libre” o favorezcan de cualquier manera a las farmacias deberán ser derogados, esto quiere decir, que se deberán anular, para que este proyecto de ley entre en plena ejecución y sin ningún problema de contradicciones o vacios legales.
Sexto: Aprobándose la ley, los reglamentos relacionados con esta ley deberán darse a conocer en un periodo de seis meses después de su publicación en el diario oficial. Y será el ministerio de salud quien ejecute estos decretos, y será el ministerio de economía quien inscriba estos mismos decretos.
O sea, en síntesis de todo este proyecto de ley, se puede extraer que se quiere establecer que todos los medicamentos de venta directa pasen a ser un bien de consumo cambiándose su condición de venta, a productos de “venta libre”. Y que a diferencia de lo que ocurre en la actualidad, se permita que cualquier negocio que desee vender esta clase de productos lo pueda hacer, siempre y cuando establezca un lugar en su negocio, local o establecimiento que sea de uso exclusivo para el expendio de este tipo de productos.





miércoles, 10 de noviembre de 2010

Importancia y respeto hacia él medicamento


El medicamento, desde sus comienzos en sus formas rudimentarias y poco elaboradas en relación a lo que actualmente tenemos, siempre ha cumplido un papel muy importante dentro de la terapia y el tratamiento de problemas y enfermedades que aquejaban a las personas. Siempre se ha sabido que no son sustancias inocuas, pero que utilizadas adecuadamente podían generar un bien mayor que el daño posible que podían causar. Sin embargo, también se sabía que muchas plantas y hierbas que se utilizaban con un fin terapéutico podían generar algún daño en el organismo que podría ser muy severo dado el mal uso que se le daba.
Hoy en día no es la situación no es diferente a lo que se acaba de mencionar. Se generan medicamentos, y se invierte en investigación para poder encontrar nuevos medicamentos, con el fin de poder generar los mejores efectos terapéuticos que se pueda, y además buscando no generar un daño que supere al beneficio que la terapia con ese medicamento pudiera generar.
Todo médico sabe muy bien que el uso de cualquier medicamento tiene riesgos asociados en una terapia determinada, sin embargo, en la recomendación del empleo de un medicamento en vez de otro para la terapia del paciente, el médico está considerando y responsabilizándose por el costo y el beneficio que ese tratamiento pudiera conllevar.
Los medicamentos son sustancias químicas como tales, y como sustancias químicas que son, pueden reaccionar químicamente con otras sustancias y/o moléculas, provocando daño o beneficio después de haber generado dicha reacción química. La función de un medicamento es la de alterar el funcionamiento del organismo, y eso es algo que debe ser informado tanto a los médicos como al mismo paciente. El solo hecho de que una sustancia tenga la capacidad de poder alterar el normal funcionamiento del organismo, a cualquier nivel, ya en sí significa un riesgo a considerar, y ¿porque puede significar un riesgo a considerar?, porque si una sustancia química tiene la capacidad de poder alterar el funcionamiento de un individuo, en una persona enferma esa modificación puede ser beneficiosa, ¿pero sería beneficiosa en personas sanas?, cuando el medicamento altera el funcionamiento del sistema, hay que tener en claro que el medicamento es una sustancia, no un ente o ser vivo pensante, por ende, el efecto que produce su naturaleza terapéutica, no tan solo va a afectar a la zona que se pretende corregir para que retome su normal funcionamiento, sino que va a ejercer su misma acción terapéutica en todo el cuerpo, incluyendo partes sanas de nuestro cuerpo, y es  ahí donde hay que tener precaución.
Un claro ejemplo de lo dicho hasta aquí lo representan los medicamentos conocidos como analgésicos, en donde entran medicamentos como la “aspirina”, el paracetamol, ibuprofeno, diclofenaco, dipirona, ergotamina (principio activo del cefalmin), que son medicamentos de venta libre, y de uso muy común por la población. No es necesario decir a cabalidad para que se utilizan, dado que muchas personas los utilizan para el dolor de cabeza, dolores musculares, inflamación y fiebre. Sin embargo, muchas personas desconocen que daños se les puede generar por el abuso de estos medicamentos, como puede ser la irritación gástrica, gastritis, ulceras gástricas, y eso es solo a modo general, analizando los casos particulares de cada medicamento, encontramos que una sobredosis no muy alta de paracetamol puede generar una insuficiencia hepática crónica, la “aspirina” cuyo principio activo es el ácido Acetilsalicílico puede generar arritmias cardiacas (los hipertensos sienten molestias en el pecho cuando consumen este medicamento para aliviar sus dolores de cabeza), y es completamente contraindicado a los hipertensos debido a que genera un aumento en el gasto cardíaco (hace que el corazón trabaje más de lo normal), la ergotamina es utilizada como Antijaquecoso, genera dependencia la cual se expresa con recurrentes dolores de cabeza (cefaleas), las cuales se alivian con la ingestión de nuevas dosis de ergotamina las cuales para poder obtener un mayor alivio requiere de un aumento gradual en su consumo.
Este caso de la ergotamina en particular, es un caso muy común hoy en día, y el problema más grande que existe de por medio, es que las constantes cefaleas producidas por la dependencia causada por esta droga, es que los pacientes no se atreven a suspender o cambiar el tratamiento por la desconfianza de que el nuevo tratamiento no pueda aliviarle sus constantes dolores de cabeza.
Antihistamínicos como la clorfenamina, difenhidramina, noscapina, loratadina, son medicamentos que no deben ser administrados a personas con problemas de asma, dado que afectan directamente algunos centros específicos en los pulmones, y eso gatilla en molestias respiratorias e incluso ataques de asma. Aunque ahora existen antihistamínicos que se les denomina de cuarta generación (esa es una denominación virtual), que tienen estos problemas muy disminuidos y que si pueden ser aplicados en asmáticos. El problema de la población, es que esta no es información que manejan de manera cotidiana, y es esa desinformación la que puede jugar en contra de ellos mismos.
Los medicamentos también pueden tener interacciones, como se dijo anteriormente, las interacciones medicamentosas se refieren a el efecto o alteración en el efecto que va a tener un medicamento cuando se administra en conjunto con otro medicamento. Este tema de interacciones medicamentosas, es materia que los químicos farmacéuticos manejan muy bien, sin embargo, los médicos no conocen a cabalidad esta materia, debido a que no es un tema que les interese mayormente. Por ejemplo, un hecho claro de interacción medicamentosa, se puede apreciar cuando aplicamos en conjunto ibuprofeno con paracetamol (por ejemplo), el alivio que se produce es más marcado, más rápido, y más sostenido que la aplicación de cada uno por separado. Pero este efecto también tiene sus consecuencias, dado que la administración en conjunto de estos dos medicamentos también eleva la concentración plasmática de estos medicamentos (o sea la cantidad de medicamento que se encuentra disponible en la sangre), pero aumentando la concentración de cada uno por separado, esto, puede lograr elevar la concentración de cada uno de los fármacos en la sangre a niveles que pueden ser tóxicos, y si el nivel toxico se mantiene y renueva a lo largo del tiempo (administrando nuevamente este coctel de medicamentos), este nivel toxico puede generar daños gradualmente mayores, hasta que el organismo ya no sea capaz de mantenerse por sí mismo, y eso se exprese de alguna manera (desmayos, dolores, molestias, etc.).
El paracetamol es un ejemplo muy común y muy citado por los farmacéuticos, dado que es el caso más común de intoxicación que se presenta en los hospitales. Una intoxicación por paracetamol puede provocar la muerte del individuo, y tan solo se requiere consumir más de 5 comprimidos de paracetamol para generar daños en el hígado. La recomendación profesional indica que el consumo de paracetamol no debería superar los 2 gramos diarios (cuatro comprimidos), divididos en cuatro dosis separadas por un periodo de tiempo regular (cada 8 horas), además se recomienda que su uso no sea por un tiempo muy prolongado, para evitar precisamente los daños que puede producir al sistema gástrico además de los daños hepáticos que puede causar.
Cabe señalar que también existen interacciones que anulan los efectos terapéuticos de ambos medicamentos, como es el caso de la administración en conjunto de Ketoprofeno con Diclofenaco, ambos son medicamentos antiinflamatorios, analgésicos, y sirven para bajar la fiebre clasificación que se denomina como antifebril o antipirético. Sin embargo, el efecto cuando se aplican en conjunto en vez de potenciar estas propiedades terapéuticas, se ven drásticamente disminuidas, pero por otro lado, no disminuye su efecto toxico.
Así como estos ejemplos citados, existen muchos otros ejemplos de interacciones, para los cuales el químico farmacéutico como profesional del medicamento, se encuentra claramente capacitado, para dar asesoría, y recomendaciones para su correcto uso y aplicación.
Por esto mismo, cuando tenga dudas respecto a los medicamentos o sus usos terapeuticos, siempre consulte a su Quimico Farmaceutico.


Actualidad de las farmacias en chile


Lamentablemente, en la actualidad, gran parte de la labor social del químico farmacéutico se ha visto opacada, aplacada y obstruida por el fenómeno de la capitalización de las entidades. En chile, es muy común ver que ya no existen tantos supermercados “OSO”, “El Vecino”, “El Baratillo”, en fin, supermercados de barrio o de pueblo. Estos han sido claramente sustituidos por los supermercados de las grandes cadenas de supermercados, que a lo largo de chile no son más de 3 cadenas de supermercados. En el caso de las farmacias, ha sucedido exactamente el mismo fenómeno, en donde las farmacias de barrio con el QF “amigo”, ha sido reemplazado por una farmacia que representa a una cadena, que en chile son hasta el momento 4 cadenas (pero las más importantes son solo 3).
Esta nueva modalidad o nuevo modelo de farmacias, presenta además un nuevo sistema de administración de farmacias, en donde ya no prima el paciente, sino que se prioriza la venta. Claramente tornando más comercial el rubro de la farmacia. En este modelo, el farmacéutico ya no forma un protagonismo sanitario en la farmacia, sino más bien un protagonismo administrativo, en donde el QF más que un asesor de salud, pasa a ser un mero administrador (con todo el respeto que los administradores propiamente tales merecen), y su protagonismo sanitario se ve claramente disminuido.
La legislación actual de farmacias en chile establece a que obligatoriamente debe haber un químico farmacéutico en la farmacia, y esto es así y se ejecuta. Lo que lamentablemente la legislación no establece, es la función propiamente tal que el químico farmacéutico debe realizar al interior de la farmacia. En esto, las cadenas farmacéuticas aprovechan el rol como jefe del químico farmacéutico, y de delegan funciones netamente administrativas a cumplir por un lado hacia la farmacia, (rindiendo cuentas, balances, cuadraturas de caja, metas de venta mensuales, etc.…), y por otro lado administrativas y de supervisión de personal. Lo cual deja de lado la labor sanitaria que debe cumplir el QF.
¿Pero cómo se llego a eso? En un comienzo claramente existía una mayor cantidad de farmacias tradicionales, en estas el QF claramente ejercía una labor primeramente sanitaria y la labor administrativa iba en segundo plano, dado que no era tan necesario que rindiera cuentas a diario a su jefe. Pero por el lado de las cadenas de farmacias, cuando estas estaban en sus comienzos, tuvieron poca adherencia de farmacéuticos experimentados y establecidos, pero se dieron cuenta que tenían una gran facilidad de captación de farmacéuticos recién egresados, y a estos se les ofrecía una promesa de sueldo fijo mensual y un trabajo más o menos relajado, y libre de las preocupaciones que un negocio propio les iba a conllevar. Los farmacéuticos recién egresados, con poca experiencia claramente vieron una muy buena oportunidad en este ofrecimiento, y no dudaron en aceptar tan buena oferta. De esta manera, las cadenas de farmacias se fueron expandiendo, y las funciones y labores de los farmacéuticos contratados por ella se fue tornando cada vez más administrativa, dado que tenían que cumplir con las exigencias cada vez mayores impuestas por la cadena de farmacias, las cuales en un comienzo eran de administración y rendiciones de cuenta, y hoy en la actualidad, va desde su clara función de administrador contable, y además debe rendir cuentas de las metas logradas o no logradas a fin de mes.
Este ha sido el precio que ha tenido que pagar la labor social del químico farmacéutico, en pos del progreso de chile. La legislación chilena en ese aspecto, verifica que claramente las cadenas farmacéuticas cumplen con las exigencias de la ley al mantener a un químico farmacéutico titulado por farmacia. Lamentablemente lo que la ley no ve es la labor que este químico farmacéutico no está cumpliendo, debido a que debe realizar y cumplir con sus deberes administrativos a la cadena de farmacia, desplazando la labor que debe cumplir el químico farmacéutico como tal, y dejando como absurda la ley que establece la tenencia de un QF por farmacia, la cual se creó en base a la importantísima labor que debe cumplir el QF en materia sanitaria. En esto los legisladores no han analizado la situación, y mucho menos han buscado establecer medidas que obliguen a las farmacias a que hagan que su QF realice sus deberes sanitarios como corresponde.
No tan solo esto ha sido consecuencia de el progreso, sino que además, las cadenas de farmacia han ido ganando un terreno importante en el “mercado farmacéutico”, desplazando a las farmacias tradicionales de lugar, ofreciendo más productos de los que una farmacia tradicional ofrecía, facilidades de pago (no es novedad que las farmacias hoy en día poseen tarjetas de debito para sus clientes), cambiando el modelo tradicional de farmacia por uno donde la farmacia se asemeja cada vez más a un supermercado. Todos estos factores y bastantes otros más, sin considerar que el químico farmacéutico paso de ser un empleado más dentro de la farmacia, han potenciado el hecho de que el QF deje de lado sus labores sanitarias dentro de la farmacia para darle paso a las exigencias administrativas que le acarrea su puesto dentro de una farmacia.
De esta manera, los pacientes que acuden a las farmacias comienzan a recibir de manera cada vez más fuerte una percepción de farmacia cada vez más comercial, en donde existe un QF con un claro protagonismo social y sanitario disminuido, y los pacientes comienzan a cambiar en su mayoría la visión del medicamento, de una herramienta para tratar problemas, afecciones y enfermedades, a un mero bien de consumo, restándole la importancia, consideración, y respeto que el medicamento merece, dado que dígase lo que se diga, o piénsese lo que se piense, el medicamento como tal es una sustancia química ajena al organismo, y que va de una u otra manera a alterar el funcionamiento del mismo en una proporción menor o mayor dependiendo del fármaco y la aplicación que se le dé. Y teniendo ese solo concepto en mente, se puede entrever claramente que esa alteración puede ser menor o mayor, beneficiosa o perjudicial, dependiendo del uso que se le dé al medicamento. Y habiendo un mal uso (como puede ser tomándolo en dosis que no son adecuadas) o un uso irracional del medicamento (la cual involucra un mal uso, y además considera las aplicaciones inapropiadas terapéuticamente hablando, como utilizar un medicamento que sirve para tratar inflamaciones, como un medicamento para tratar los hongos de los pies por ejemplo), no tan solo no se logrará el efecto terapéutico o el alivio deseado, si no que por un lado se puede agravar el problema original, por otro lado se puede ocultar el problema original (ocurre por ejemplo en algunos casos cuando se utilizan antifúngicos para tratar problemas genitales, algunas asociaciones de estos pueden enmascarar en algunos casos las molestias causadas por enfermedades venéreas, haciendo que la enfermedad se desarrolle con mayor facilidad), o también puede ser que se generen nuevos problemas asociados al medicamento (un ejemplo típico de esto lo sufren las personas con cefaleas crónicas, o sea que sufren de constantes dolores de cabeza, tienden a consumir muy a menudo medicamentos antijaquecosos, como el cefalmin, estos productos en exceso pueden generar una intoxicación sistémica asociada con dependencia, que finalmente va a generar nuevos cuadros de dolores de cabeza crónico que van a producir un circulo vicioso de dolores de cabeza e ingesta de el medicamento. Lo cual se soluciona suspendiendo por un tiempo prolongado superior a dos meses la ingesta del medicamento en cuestión, lo cual de manera muy dramática soluciona tanto los problemas de las cefaleas, como también los malestares asociados a la intoxicación inducida por este medicamento).
Como se ha podido ejemplificar hasta el momento, la falta de un farmacéutico activo en la atención al paciente, ha generado problemas asociados a los medicamentos debido al mal uso de estos mismos por parte de los pacientes. Este hecho tiene soluciones muy claras y taxativas, que requieren de la formulación, reformación y derogación de algunos artículos de ley, pero de esta misma manera si se hiciera esto, las entidades más afectadas claramente seria el bolsillo de las grandes cadenas farmacéuticas, las cuales en estos momentos no tan solo tienen acaparado el mercado farmacéutico con un 92% de representatividad en el mercado chileno, sino que además, tienen una clara influencia económica, y esto mismo ha generado que reformar leyes que vayan en perjuicio de estas farmacias no sería algo favorable para la mayor parte de este mercado compuesto por una cantidad muy mínima de actores.

Otro factor que ha favorecido mucho el desarrollo de las grandes cadenas farmacéuticas, viene desde el periodo del gobierno militar. En 1975 se deroga la conocida como “ley del circuito”, la cual en ese entonces establecía que una farmacia no podía estar cerca de otra farmacia en un radio de 400 metros. Claramente esta ley tenía sus pros y sus contras, pero sanitariamente hablando tenía muchos más argumentos a favor que en contra, y siendo frío en el pensamiento, si se habla en un contexto más bien económico, un modelo así también presenta una cantidad importante de argumentos a favor de este modelo de legislación como por ejemplo “la colusión” que esta tan en la boca del ministro de economía. Además de la falta de fiscalización tanto de las exigencias que debe tener una farmacia como tal, tanto sanitarias como económicas-administrativas-comerciales, así como una falta en la legislación que garantice el rol que debe cumplir un QF al interior de una farmacia, y que lo libere un poco más de la labor administrativa que tiene a su cargo hoy en día.

El rol del químico farmacéutico como actor en el sistema de salud pública y su relación con otros profesionales de la salud


Antiguamente, el Químico Farmacéutico (QF) era un profesional considerado intachable, amigo del pueblo, accesible a la población, que se encargaba por un lado de asesorar a las personas respecto a sus malestares, así como también aconsejarles respecto a temas de salud, era un confidente de la gente, dado que estas personas debían tener confianza con el químico farmacéutico para poder acudir a su asesoría y de esa manera obtener su consejo, y principalmente, se encargaba de elaborar, preparar y expender las especialidades farmacéuticas, cuyo fin era la de ejercer un efecto terapéutico en el paciente, para que este se pudiera mejorar con la asesoría de su médico y su químico farmacéutico.

Según análisis y estudios expresados por el Dr. QF Hernán Vergara, el arte farmacéutico de preparar especialidades farmacéuticas, de a poco fue siendo sustituida por la producción industrial de dichos productos, lo cual era una consecuencia de la revolución industrial. Lo cual le restaba algo de valor a la labor del farmacéutico, pero siempre se podía contar con la asesoría del profesional, quien siempre iba a estar dando las indicaciones apropiadas respecto del uso de la preparación, y además, de los cuidados de la salud que las personas debían de mantener para asegurar su mejoría.

En este punto, la labor del químico farmacéutico era una relación muy a fin, e incluso intima con la labor del médico. Y esto era muy importante para poder lograr el tratamiento más adecuado para el paciente. Además, la garantía de la presencia del químico farmacéutico era crucial, dado que él era quien garantizaba de una u otra manera, la calidad del producto que se entregaba al paciente, así como su buen consejo permitía al paciente poder dar un buen uso de la preparación, en aquellos tiempos al químico farmacéutico se le apodaba muy honrosamente como “El Médico del Pueblo”.

A medida que pasaba el tiempo, los artes farmacéuticos en la industria fueron evolucionando, y generando productos mucho más específicos y de mejor calidad, así también, de duración mucho más extensa, lo que permitía que se pudiera almacenar por un mayor tiempo en los anaqueles para su posterior dispensación. En este proceso, claramente el químico farmacéutico comenzó a perder protagonismo en la elaboración de preparados farmacéuticos en su farmacia, dado que los productos industriales de a poco iban cubriendo las necesidades terapéuticas de las diferentes afecciones, que hasta ese tiempo, se trataban con las especialidades que preparaba el QF. Pero por otro lado, eso comenzó a su vez, a darle un mayor protagonismo al deber de “asesor” y “consejero” que tenía el QF con la sociedad, y sus conocimientos en la materia, permitían además poder asesorar tanto a pacientes como a médicos. La asesoría que el QF realiza a los médicos, va por el lado de indicarles el para que utilizar el medicamento, que medicamentos utilizar en las diferentes afecciones, y como el paciente debería administrarse el preparado, así como también, cuales serian las complicaciones que podría presentar un paciente al aplicar un tratamiento y no otro en una determinada terapia, y las complicaciones que se presentan o podrían presentar al aplicar en un tratamiento dos medicamentos determinados (a esto actualmente se le conoce como interacciones farmacológicas, y corresponde al efecto que produce un medicamento en el organismo cuando es consumido por el paciente en conjunto a otro medicamento determinado, la cual puede ser beneficiosa, negativa, o sencillamente no producir mayores complicaciones en el paciente o en el tratamiento). Claramente su asesoría al paciente sería la de explicarle como debe utilizar el medicamento o preparado, por cuanto tiempo debe mantener el tratamiento y porque debe mantenerlo, y además, insinuarle que es lo que podría suceder en caso de algún efecto no deseado producido por el medicamento.

Ese rol del farmacéutico de antaño, es un rol que aun hoy en día perdura. En la práctica, tenemos QFs en las universidades enseñándoles a los médicos en clases de farmacología, en las farmacias como garante de la calidad de los medicamentos y de la adecuada terapia para con los pacientes (dado que dos medicamentos pueden tener interacciones farmacológicas, y el QF tiene la obligación de informar esto a su médico), además de asesorar al paciente solucionando dudas de los pacientes respecto a su tratamiento, la aplicación de los medicamentos en cuestión, en fin, la labor del químico farmacéutico no ha variado mucho en el aspecto de sus funciones de antaño. Además de las labores mencionadas, el QF trabaja activamente en la industria en departamentos de control de calidad y desarrollo, asistiendo, supervisando y asesorando en la producción de los medicamentos. Participa en laboratorios de investigación, realizando estudios de los medicamentos, en donde pueden encontrarse datos que garanticen la seguridad, toxicidad, efectividad de los medicamentos, así como la equivalencia terapéutica de un medicamento y otro, lo que permitiría y faculta al farmacéutico a poder cambiar un medicamento por otro, dado que según los estudios ambos medicamentos tendrían una acción terapéutica completamente idéntica. Además, tienen por misión investigar y buscar nuevas sustancias que puedan ejercer una acción terapéutica con menores efectos dañinos para el paciente. En clínicas y hospitales, supervisar que los medicamentos en bodega se encuentren en optimas condiciones para su uso, asesorar y realizar un seguimiento terapéutico del paciente, en conjunto con los médicos, detectar posibles efectos secundarios de los medicamentos aplicados en los pacientes, asesorar a la opinión médica para garantizar que el tratamiento que se está llevando a cabo en un paciente determinado es el más adecuado, eficaz y optimo. Y un sinfín de labores más, que principalmente desempeñan papeles en conjunto con los médicos.

La importancia principal del químico farmacéutico radica en sus conocimientos ampliados y profundizados respecto a los fármacos y medicamentos, a las terapias que involucran medicamentos, a sus usos, su toxicidad, interacciones con otros medicamentos, efectos secundarios, limitaciones, dosis de administración (posología), elaboración, análisis, y en fin, todo lo que gire en relación a los medicamentos sus como, donde, de qué manera y porque, es labor y obligación del farmacéutico estar informado y asesorar a quien lo requiera de la mejor manera posible.

Dados los antecedentes que se han señalado a lo largo del artículo, la importancia del químico farmacéutico en la sociedad así como en el sistema de salud salta a la vista. La interacción de un QF con un médico, claramente puede potenciar una terapia, lo cual repercutiría en un tratamiento más adecuado y efectivo, adaptado al paciente, y con resultados óptimos en la mejoría del paciente. Lo cual destaca la importancia del trabajo en conjunto de médicos y químicos farmacéuticos.

No solamente los médicos utilizan medicamentos para dar terapia, también lo hacen profesionales como los obstetras, odontólogos, veterinarios, entre otros. Esto quiere decir que debe existir una relación muy limpia y directa entre estos profesionales y el químico farmacéutico, dado que el fin de todo profesional de salud, es la mejoría del paciente. Y en esto cada profesional de salud tiene su propia especialidad, donde claramente la especialidad del químico farmacéutico es el medicamento.

Por lo tanto, si usted lector, tiene dudas respecto a un medicamento o tratamiento determinado, no dude en consultar a su químico farmacéutico más cercano. Este profesional lo atenderá de la mejor manera posible tratando de aclarar todas las dudas e inquietudes que se le presenten.



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